El Juez Enrique Lavié Pico consideró que el organismo no cumplió con los cánones básicos de la Ley 27.275.
Los magistrados entendieron que no existÃÂa una amenaza concreta a la libertad de circulación y confirmaron la sentencia que entendió que el aislamiento dispuesto por el Coronavirus era legÃÂtimo y razonable.