• sábado 04 de abril del 2026
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Se publicó el decreto que extiende el aislamiento y distanciamiento social hasta el 11 de octubre

También, continúan autorizadas las reuniones sociales en espacios públicos de hasta diez personas bajo las medidas de prevención.

Luego del anuncio desde Casa Rosada, en esta oportunidad a través de un spot grabado, se oficializó la medida que extiende el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para los departamentos que poseen una situación epidemiológica aguda, en relación a la transmisión comunitaria del virus y la capacidad sanitaria de atención médica.

"Hemos decido sostener las medidas de cuidado hasta el domingo 11 de octubre. Las autoridades locales seguirán siendo las que determinen qué nuevas indicaciones van a disponerse en cada territorio, pero es necesario insistir. La pandemia no permite descuidos", expresa inicialmente el spot.

Conforme el decreto los lugares alcanzados por el ASPO son: el aglomerado urbano del AMBA, el departameno de General Pueyrredón -que incluye a Mar del Plata-; los aglomerados de Paraná, Colonia Avellaneda, Oro Verde, San Benito y Gualeguaychú (Entre Ríos); los Departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Yavi, Susques, Rinconada y San Pedro (Jujuy); los departamentos de Capital de La Rioja; los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca (Río Negro); los departamentos de General José de San Martín, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera, Orán y Capital (Salta); el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos (Santa Cruz); los departamentos de Capital y Banda (Santiago del Estero); el departamento de Río Grande (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).

También se extendió la habilitación de reuniones sociales en espacios abiertos públicos o de acceso público al aire libre de hasta diez personas; las cuales deberán ser con distancia mínima de dos metros y con la utilización de barbijos. Asimismo, se mantiene la prohibición de reuniones sociales en espacios cerrados, cualquiera sea el número de intervinientes -excepto el grupo familiar-. 

Por otra parte, se mantiene el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para el resto del país que no se encuentra afectado al ASPO, que deberán respetar las medidas de higiene y sanidad de prevención. 

De esta forma, se trata del doceavo decreto de necesidad y urgencia que dispone medidas de aislamiento frente a la pandemia generada por Coronavirus: "Sigue sin existir país del mundo que haya logrado aún controlar definitivamente la epidemia, por lo que se mantiene vigente la imposibilidad de validar en forma categórica alguna estrategia adoptada, especialmente cuando las realidades sociales, económicas y culturales introducen aún mayores complejidades." 

Al día de hoy se registra un total de infectados de 631.365 y 13.053 víctimas fatales a causa de coronavirus en nuestro país.

Otro de los puntos destacados de la norma es el referido al acompañamiento de pacientes durante la internación: "Se deberá permitir el acompañamiento durante la internación y en los últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier otra enfermedad o padecimiento." En tales casos, las normas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes.

Accedé al Decreto 754/2020.

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